domingo, 15 de abril de 2012

Normatividad y Libertad. Kant según Brandom

He estado leyendo estos días dos libros del filósofo americano Robert B. Brandom, Between Saying and Doing (2008) y Reason in Philosophy. Animating Ideas (2009). Tengo la intención de, en próximas entradas, hacer unas observaciones críticas acerca de su pensamiento (una especie de “racionalismo” –o, más bien, trascendentalismo- pragmatista y “hegeliano”, expresado en el lenguaje de la filosofía analítica, que el autor llama a menudo Inferencialismo por el papel central que otorga al momento inferencial en la constitución de nuestros conceptos), y ya me he referido a un aspecto de su pensamiento ético aquí. Dado que en las entradas anteriores venía hablando de Kant (pero no sé si seguiré, como tenía intención, con el asunto de la analiticidad), y dado también que Kant es uno de los héroes de Brandom, voy aquí a recordar cómo entiende este a aquel (según puede leerse en el segundo de los libros mencionados, parte primera, capítulos 1 y 2, sobre todo), de modo que parezca que lo tengo todo bien pensado.

Según Brandom, Kant dio, efectivamente, un giro esencial a la empresa filosófica al cambiar la búsqueda cartesiana y antigua de la certeza ontológica (entendida como una asimilación entre mente y realidad) por la cuestión deontológica o normativa de qué es lo que hace correcta a una representación. Con este cambio, Kant reconocía claramente el carácter intrínsecamente normativo de la racionalidad, y superaba tanto el espiritualismo cartesiano como el psicologismo de Hume o cualquier otro intento de naturalización o reducción físico-natural de la razón.
En concreto, frente al psicologismo humeano, Kant rechaza la dificultad de extraer deber-ser (necesidad) a partir de mero ser (facticidad, contingente): desde el principio, los seres racionales, cognoscentes y sintientes, estamos en el terreno del deber-ser, de la normatividad, porque la más mínima de las representaciones está cargada de teoría, y toda teoría es normativa. Unas teorías son mejores o más correctas que otras, podemos ser más o menos racionales…, y todo eso solo tiene sentido en un lenguaje normativo. Quien, pues, se plantea el problema de Hume, es que no entiende en qué consiste entender, eso que él mismo está haciendo.

Este gran cambio kantiano de orientación conlleva otros cambios muy importantes, a juicio de Brandom. Uno de ellos (que es un tópico en la filosofía analítica desde Frege) es que se pasa a entender al juicio, y no (como hace la mayor parte de la filosofía tradicional) al concepto, como elemento o acto mínimo de pensamiento; y entenderlo, no como una relación entre conceptos, sino como una síntesis funcional. Los conceptos pasan a ser funciones en un todo racional, cuyo nexo o centro unificador llama Kant “la unidad de apercepción”, y que identifica con el Yo o la consciencia. Los conceptos tienen su justificación en su capacidad de expresar las compatibilidades e incompatibilidades que surgen entre las representaciones resultantes del juego inferencial. La misma necesidad de referirse a unidades objetuales o cosas (tomada por las filosofías no-inferencialistas como algo a priori) es el resultado de la actividad de hacer afirmaciones e inferencias: “A es un perro” no es incompatible con “B es un zorro”, pero sí con “A es un zorro”. Esto nos obliga a hablar del “mismo objeto”.

Reconocer el carácter normativo del pensamiento, implica reconocer que los seres racionales tienen autoridad y responsabilidad: las aserciones tienen implicaciones, y un ser racional es el que es capaz de pedir y dar razones y responsabilizarse, por tanto, de ellas, de las consecuencias de lo que dice y hace.
Esto tiene una cara ética inseparable: uno no puede actuar como ser racional, que es la criatura humana, sin tener que dar razones de sus actos. Ser un agente intencional implica ser capaz de responder inteligible y diferencialmente a la bondad de razones prácticas, provistas por una aptitud discursiva. La fuerza de las razones es aquí también, desde luego, normativa. Ser un agente intencional implica reconocer conceptos como obligación, prohibición, etc.

El “giro deontológico” kantiano también conlleva esencialmente una concepción de la Libertad del todo diferente a la que es propia del psicologismo o el naturalismo empirista. Para Hume y compañía, la libertad es mera ausencia de constreñimiento físico (“causal”). Es la tesis de la libertad negativa. En cambio, en Kant (quien radicaliza la idea de su héroe Rousseau) la libertad es algo positivo, un tipo de habilidad, el tipo de habilidad que consiste en ligarse espontáneamente a normas. Esto es lo que significa ser autónomo: contar con la capacidad normativa y racional de asumir responsabilidades discursivas. Lejos de ser una ausencia de constreñimiento, la libertad es la auto-sujeción a normas. Tanto en el ámbito teórico como en el práctico, tenemos la responsabilidad de hacer coherentes todas nuestras representaciones y afirmaciones.

Todos estos conceptos normativos (autonomía, responsabilidad, obligación, etc.) son, según Brandom, el gran legado de la Ilustración, de la que Kant es el más importante protagonista filosófico. No obstante, Kant, cree Brandom, dejó inacabado el cambio: hay que dar el paso que dará el “gran idealismo alemán”, especialmente Hegel. El problema para Kant es explicar, además de la estructura formal normativa de la actividad racional, cómo se determinan los contenidos concretos que entran en toda actividad racional (sea teórica o práctica), lo que parece incompatible con la autonomía del sujeto para legislar los conceptos. Aquí es donde Hegel se vuelve necesario. La relación entre autonomía y responsabilidad recibirá una respuesta social e histórica por parte de Hegel: la actividad racional se da necesariamente en el contexto de una sociedad de sujetos racionales iguales que se reconocen unos a otros como sujetos normativos, libres y responsables. Esta es la fundamental noción hegeliana de Reconocimiento (Anerkennung). Dejaré esto para otra entrada.

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¿Qué decir de la interpretación que de Kant (y resto de la historia de la filosofía) hace Brandom?

     - Creo que el filósofo americano acierta plenamente al considerar la filosofía kantiana como una filosofía deontologista o normativista  (interpretación, por otra parte, bastante habitual). Es lo que Kant quiere decir cuando llama a su filosofía “crítica” y “trascendental”. Trascendental, en el sentido que le quiere dar Kant, no es ni inmanente ni trascendente, sino que pretende dejar al margen las cuestiones ontológicas, sean naturales o sobrenaturales, para anteponer la cuestión de las “condiciones de posibilidad” de un determinado ámbito de discurso (teórico, práctico, estético). Como dice Brandom, Kant cambia (o pretende cambiar) ontología por deontología. Kant despsicologiza la epistemología (como dijo Stanley Cavell, según recuerda Brandom), pero también quiere desespiritualizarla o desustantivizarla.

     - Me parece básicamente acertada la interpretación que se ofrece, también, de los elementos subjetivo-trascendentales o normativos, tales como Yo-pienso (o "unidad de apercepción"), o el juicio como unidad teorética mínima.

     - Yendo más al fondo, también creo que Brandom interpreta legítimamente a Kant como un “pragmatista”, para el cual, "el acto es más importante que el contenido". No obstante, hay muchas maneras de entender esto de ser pragmatista, y en muchas de ellas (entre las que están las más tópicas), ni Kant ni Brandom lo son. En Kant hay una clara (aunque también muy oscura y profunda) defensa de la “prioridad” de la “razón práctica” (¿qué filósofo moderno escapa a esto, por otra parte?)

     - Lo mismo puede decirse respecto de la ética. Brandom coincide con muchos otros deontologistas modernos (por ejemplo, Rawls) al ver en Kant el primer y sumamente explícito formulador y defensor de una ética normativo-formal-racionalista.

Mis objeciones a Brandom, en lo que se refiere a lo que he resumido en esta entrada, son de dos tipos, hermeneúticas y puramente filosóficas.

En cuando a la hermeneútica, creo que Brandom, por un lado, malentiende o desconoce a pensadores a los que mete, globalmente, en el saco de la filosofía prekantiana, y, por otro lado, desinfla un tanto al propio Kant.

     - Empiezo por lo primero. Creo que ignorar a (no hacer mención de), por ejemplo, Aristóteles, es un fallo serio. Si hay alguien, una escuela, para quien(es) el acto es lo más importante, eson son Aristóteles y los suyos, con su noción de energeia. Pero ¿no hay en el mismísimo Descartes una cierta prioridad de la “razón práctica”? Descartes sostuvo que la causa de que cometamos error en los juicios es que afirmamos lo que no entendemos bien, y afirmar es, según Descartes, una operación de la Voluntad, no del Entendimiento.

     - Igualmente, creer que toda la filosofía antigua (incluyendo, por ejemplo y especialmente, a Aristóteles) entiende la relación entre pensamiento y realidad según el modelo de la semejanza, cosa tan trillada (y, digámoslo con todas las letras) vulgarmente criticada a lo largo del siglo pasado por todos los (que se creen) anti-cartesianos, tales como Heidegger, Wittgenstein, Davidson y legión, supone leer muy pobremente a esos filósofos, especialmente a Aristóteles (de Platón ni hablamos, porque el discurso no se mueve a un nivel suficiente como para entenderlo) y a sus buenos comentaristas en toda la historia de la escolástica y la neo-escolástica (recomiendo a este respecto el libro de A. Llano El enigma de la representación), pero también al mismo Descartes, cuya insistencia en la inadecuación de la imaginación como modo de pensar, no puede ser más explícita.

     - También me parece que hay que retorcer bastante las cosas para que Kant aparezca como el inventor de que el juicio es la unidad teorética mínima. Esto no está solo en los estoicos y, si se lee adecuadamente, en Aristóteles, sino que el mismísimo Descartes sostiene una interesantísima discusión (por ejemplo, en las objeciones y respuestas con Arnauld) sobre la relación entre ideas (como elemento simple) y juicios. Todo ello dejando a un lado, de momento, si la tesis es acertada.

     - Por otra parte, decía, creo que Brandom “desinfla” al propio Kant (y, más aún, a Hegel –pero esto lo dejo por hoy-). Dado que Brandom se plantea la cuestión filosófica (ya muy mermada en el propio planteamiento, o sea, entendiéndola como el análisis de las condiciones de posibilidad del discurso racional –como si la filosofía no tratase de cosas más elevadas-) en términos semánticos, carece de la profundidad que Kant pretende darle a su planteamiento trascendental, que, además de normatividad, pretende tener importe metafísico (de hecho, Kant escribe de “metafísica de la naturaleza” y “metafísica de las costumbres”).

Estos fallos interpretativos (sobre todo los primeros) no son importantes solo ni principalmente porque puedan ser injustos con este o aquel autor, sino, sobre todo, porque forman parte de una “historia de la filosofía” que se cuenta a sí mismo Brandom y mucho otro filósofo moderno y que, en verdad, no existe, o no existe como pretende esta interpretación.

En cuanto a los aspectos más propiamente filosóficos de lo que yo objetaría a Brandom, pretendo desarrollarlo detenidamente en otro momento, pero, por enunciarlo sintéticamente: Brandom (como Kant), pretende sustituir la ontología (tanto metafísica como física) por deontología o normatividad, y desestimar tanto el discurso espiritualista “cartesiano” como el psicologismo humeano o cualquier otro reduccionismo de lo normativo a lo fáctico. Y, además, Brandom (y también, aunque menos y de otra manera, Kant) quiere priorizar las consideraciones pragmáticas. Ambas tesis me parecen sujetas a graves aporías:

     - El normativismo o deontologismo no explica el estatus de ese ámbito normativo o trascendental, que no es ni material ni inmaterial. Pero no se elimina, con solo ignorarlas, las preguntas ontológicas: ¿existe el Sujeto-trascendental, existe lo Normativo (el Geist de Hegel, según Brandom)?; y, de ser que sí, ¿qué tipo de entidad es? Aunque uno anteponga las consideraciones epistemológicas, en algún momento tiene que responde a cuestiones ontológicas. En este sentido, la exigencia de Hume de que todo se explique fácticamente, o la exigencia metafísica de que todo se reduzca a algún tipo de sustancia con la que uno se comprometa, son exigencias muy pertinentes. Por una parte, lo normativo quiere estar exento de toda contingencia fáctica (para algo es un deber-ser, irreduciblemente no-empírico, dice Brandom), lo que parece descartar al naturalismo, pero por otra parte el deontologista o kantiano pretende no estarse comprometiendo ontológicamente. Esto no me parece aceptable.

     - Y en cuanto al aspecto pragmatista, ¿elimina o sustituye esto al lenguaje intelectualista o conceptista? ¿No nos vemos obligados, cuando queremos hablar de esa praxis, a describirla completamente en términos conceptuales, es decir, en los únicos que existen? Intentaré argumentar esto más detenidamente en otro momento.

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